Si estás buscando un seguro que te proporcione la mayor seguridad para tu vivienda alquilada, Ocaso te ofrece una posibilidad muy interesante y diferente.
Su seguro no está enfocado al impago de las rentas, como el del resto de aseguradoras. Se trata de un seguro de impago de alquiler pero con multiples coberturas más propias de un seguro de hogar, ofreciendo una protección mayor para la vivienda alquilada.
Con el seguro de impago de alquiler de Ocaso podrás cubrir los daños por agua o las roturas en la casa y también garantizar el pago de, hasta, 12 mensualidades impagadas del alquiler.
Ocaso cubre los daños materiales producidos por estos fenómenos, así como los daños que se produzcan en el jardín por los mismos motivos.
Este seguro cubre el 100% de los daños que se produzcan en el continente o contenido de la vivienda por daños eléctricos.
Cubre los gastos ocasionados por terceros, derivados del choque de un vehículo.
Cubre los daños que el arrendatario o terceros puedan causar intencionadamente en la vivienda.
En esta cobertura se incluyen todos los daños producidos en la vivienda por roturas de tuberías, atascos, desagües… y por fenómenos atmosféricos más ocasionales como pedrisco, nieve o vientos extremos.
Indemnización en caso de roturas de lunas, espejos, cristales, vitrocerámica, mármoles, elementos de piedra o granito que formen parte del continente de la casa.
Queda cubierto el robo de los bienes asegurados o los daños producidos en la vivienda a causa de un intento de robo en elementos como ventanas o paredes, así como el robo o hurto de elementos que se encuentren en disposiciones anexas (siempre que estén en el mismo edificio) como el trastero o el garaje.
Ocaso cubre los gastos por el salvamento de los materiales asegurados, por demolición y el traslado de bienes y mobiliario a otra localización, en caso de que la vivienda quede inhabitable.
El seguro cubrirá las eventuales pérdidas del alquiler ocasionadas por la inhabitabilidad de la casa.
Incluye el cambio de cerraduras por robo de llaves o atraco y la recomposición estética de la vivienda si hubiera un siniestro que afectara al continente.
Quedan cubiertos los daños que se puedan causar a terceros como propietario de la vivienda y al arrendatario de la misma. Se incluyen los gastos derivados de estos incidentes, la defensa jurídica y las fianzas.
Se cubren servicios de reparación o mantenimiento en el hogar por emergencia, servicios de fontanería, electricidad, cerrajería o cristalería.